NUEVO REGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IVA

Ciudad de Buenos Aires, 16 de febrero de 2023

Estimados,

Les comuncamos que #AFIP mediante la RG N° 5329/2023, implementa un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para:

  • Consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas)
  • Bebidas
  • Artículos de higiene personal
  • Limpieza

Este nuevo régimen obliga a actuar como agentes de percepción a los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que realicen operaciones de venta de productos alimenticios mencionados arriba, y serás sujetos pasibles de este régimen los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que adquieran estos productos.

La percepción corresponderá efectuarla cuando su monto supere los $ 60.-, límite que operará en relación a cada una de las transacciones alcanzadas por el presente.

El importe de la percepción se determinará aplicando, sobre le precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente, la alícuota del 3%.

Para el caso de operaciones que se encuentren gravadas con alícuota equivalente al 50% (10.5%), este porcentaje será del 1.50%

Las percepciones practicadas deberán informarse a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), con el código 602.

El monto de las percepciones que se hubieran practicado para los responsables será en carácter de impuesto ingresado y será computable en la declaración jurada del periodo fiscal en que se efectuaron.

El mismo resultará aplicable para los hechos imponibles que se perfecciones a partir del 1 de abril de 2023, inclusive.

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #AFIP #IVA #Percepciones

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