BONO CASAS PARTICULARES (Devolucion a empleadores)

Ciudad de Buenos Aires, 6 de Septiembre de 2023

Mediante Res. 1136/2023 quedó reglamentada la operatoria de la solicitud del reintegro para los sujetos empleadores que hubieren realizado el pago de la asignación no remunerativa al personal de “Casas Particulares”.

TRABAJADORES/AS CASAS PARTICULARES

Recordemos que los trabajadores de Casas particulares son acreedores de una SUMA FIJA de $25.000 a pagarse en 2 (dos) cuotas de $12.500 c/u en los meses devengados de agosto y septiembre de 2023. 

En contraprestación, el estado dispuso mediante Dto. 438/2023 que los empleadores puedan solicitar el reintegro.

Requisitos

  • La relación laboral debe haber estado activa en los meses de agosto y septiembre.
  • En el caso que la relación laboral haya estado activa en el mes de agosto y no en el mes de septiembre solo se reintegrará la primera cuota de la asignación no remunerativa.
  • Debe estar registrado el pago de la asignación no remunerativa
  • El empleador no debe haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No debe encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • No debe poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador o empleadora.

El procedimiento para ello es el siguiente:

A fin de solicitar el reintegro, los empleadores deberán cumplimentar en cada mes la presentación de la siguiente documentación:

  • DDJJ del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma.
  • Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador.
  • Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
  • DDJJ de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador y fuente de los mismos.
  • DDJJ de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador sujeta al “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en el mes de agosto de 2023.
  • Lugar de residencia del empleador.

La solicitud debe presentarse:

  • A través del portal web de AFIP en la solapa de ¨CASAS PARTICULARES¨, opción “solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE”
  • La 1º cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado en el mes de agosto de 2023: entre el 25 y el 29 de septiembre de 2023.
  • La 2º cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado en el mes de septiembre: entre el 2 al 8 de octubre de 2023.

En caso de consulta los empleadores podrán comunicarse a la siguiente casilla de correo electrónico: anrparticulares@trabajo.gob.ar

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #Bono #Casasparticulares

Open chat
Hola, ¿ en que podemos ayudarlo ?