Ciudad de Buenos Aires, viernes 2 de febrero de 2024
Estimados lectores,
La #AFIP actualizó (lo hace semestralmente), los valores que deberán observarse, por las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta (Es decir, en las facturas que se emitan hacia estos).
Esto aplica en función a lo establecido por la RG 1415 (Mod. RG 4444/19).
¿CUALES SON LOS NUEVO VALORES?
Operaciones de venta minorista
- Cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624; o
- Cuando la operación sea por un importe superior a $ 95.812 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados (Ej. en efectivo).
Es importante que, en aquellos casos que la facturación sea realizada por software propio, adapten los nuevos valores en las plataformas, a efectos de la identificación del comprador (Los que operan vía comprobantes en linea desde AFIP, la actualización es automática y no es necesario aplicar cambio alguno).
¿CADA CUANTO SE ACTUALIZAN ESTOS VALORES?
Estos importes, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.
NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.