LEC (Tasa de Auditoria 2% en 2025)

Ciudad de Buenos Aires, lunes, 12 de mayo de 2025

Estimado lector/a,

Les informamos que la resolución 67/2025 (BO 08/05/2025) estableció un cambio de aplicación para lo que resta del año en curso respecto del pago de la tasa de auditoria dentro del Régimen de Promoción de la Economia del Conocimiento.

TASA DE VERIFICACION Y CONTROL

La resolución 67/2025 establece en sus considerandos:

“Que, por último, en relación al monto recaudado en concepto de tasa de verificación y control durante el transcurso de la vigencia del Régimen, resulta necesario analizar si el porcentaje actualmente vigente que deben abonar las beneficiarias resulta adecuado; ante dicha necesidad y teniendo en cuenta que se cuentan con los fondos suficientes para afrontar la realización de las auditorías correspondientes al presente año, se considera oportuno fijar por el término del corriente año 2025, en CERO POR CIENTO (0 %) del monto a ingresar calculado sobre los beneficios fiscales obtenidos en el marco del Régimen

Donde lo establece la resolución: El Art. 2° de la Res. 67/2025 fija hasta el 31 de diciembre de 2025, en CERO POR CIENTO (0 %) el monto a abonar por los beneficiarios en concepto de tasa de verificación y control prevista en el Artículo 13 de la Ley N° 27.506 y sus modificaciones.

¿De qué tasa estamos hablando? se refiere de acuerdo con la Res. 268/2022 en su Art. 56.- a:

“El monto de la tasa para tareas de verificación y control a abonar por parte de los beneficiarios, en los términos del Artículo 13 de la Ley N° 27.506 y su modificatoria, será del DOS POR CIENTO (2%) calculado sobre el monto de los beneficios fiscales percibidos en el marco del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, independientemente de que los mismos no hubieran sido utilizados o bien hubieran sido objeto de ajustes posteriores”

Si la Res. 67/2025 entra en vigor desde el día posterior a su publicación (08/05/2025) según Art. 5 de la propia norma, se entiende que los beneficios fiscales percibidos (sean generados desde dicha fecha o de periodos devengados anteriores) desde el 09/05/2025 son los que hasta el 31/12/2025 dejaran de pagar el 2%.

Es decir, la tasa que se deja de abonar por los beneficios percibidos desde el 09/05/2025 es la tasa de auditoría, conocida regularmente como la tasa del 2%.

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

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