Intercambio de Información con EEUU

Ciudad de Buenos Aires, miércoles, 14 de diciembre de 2022

Estimado lector,

Argentina y EE. UU. cuentan desde hace tiempo, con diversos acuerdos suscriptos. Entre ellos, podemos citar el convenio para evitar la doble imposición internacional que nunca ha sido puesto en vigencia (20/07/1950), enmienda del 30/12/1987, aprobado por Ley 24.399

Este convenio aplica únicamente sobre rentas provenientes del ejercicio de la navegación marítima y área.

¿Existe un Acuerdo de Intercambio de Información vigente con Estados Unidos?

Podemos citar en los siguientes ítems el status actual:

  • El 23/12/2016 se firmó un acuerdo bilateral.
  • El mismo solo opera “bajo requerimiento”.
  • No es automático.
  • Les cuesta muchísimo esfuerzo a ambos fiscos (el IRS y la AFIP) hacerse de la información requerida.
  • Solo se brinda información de un dato fiscalmente relevante merituado en función de otros datos conducentes a una presunción investigativa determinada.
  • En otras palabras: Tiene que ser relevante para la tributación nacional del país solicitante.
  • En 2021 se firmó el “el Acuerdo Administrativo entre Autoridades Competentes” donde se intercambian los informes PAIS por PAIS (Precios de transferencia).

¿Se viene un Acuerdo de Intercambio de Información AUTOMATICO con Estados Unidos?

  • El mismo, ya ha sido firmado como acuerdo AUTOMATICO de intercambio de información (Fuente: argentina.gob.ar del 5/12/2022).
  • El intercambio será automático (Similar por ejemplo al que rige en la actualidad con Uruguay) y será sobre información fiscal

Que sigue atrás del acuerdo firmado entre Argentina y EEUU de ”Intercambio automático de Información”

  • Existe un proyecto de nuevo blanqueo denominado: “EXTERIORIZACION DEL AHORRO ARGENTINO PARA SOSTENER EL CUMPLIMIENTO Y CANCELACION DE LA DEUDA CON EL FMI”.
  • Alcanzaría a Personas Humanas, Sucesiones y Empresas.
  • Abarcaría a todo tipo de bienes en el país o en el exterior.
  • Tendría alícuotas diferenciadas por fecha de exteriorización y por repatriación (Similar al actual de la construcción).
  • Qué impuestos libera: IIGG, IVA, Internos, Bienes Personales y Contribución Cooperativas.
  • Que impuestos NO liberaría: El Aporte Solidario, Salidas No Documentadas, Impuesto D/C.
  • Los fondos de dicha recaudación tendrían destino específico, es decir, perderían las Provincias porque el mismo no se coparticipa.
  • No se sabe la fecha de corte; El blanqueo de 2016 partía con una fecha de corte del 22/07/2016 (Hasta los hechos económicos de esa fecha, se podía blanquear).

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con EL ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #blanqueo #EEUU

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