BONO $ 24000 ¡Publicacion Oficial!

Ciudad de Buenos Aires, 19 de diciembre de 2022

Estimado lector,

Finalmente y luego de tantos trascendidos, mediante publicacion del Decreto 841/2022, el Gobierno ha resuelto otorgar oficialmente, una asignación no remunerativa por única vez “con el propósito de mejorar a fin de año los salarios de los trabajadores que perciben menores ingresos” según los considerandos de la norma.

Algunos TIPS sobre el Decreto:

  1. ¿Cuándo debe pagarse el bono? Será abonado por los empleadores en el mes de diciembre de 2022
  2. ¿Qué valor se debe pagar? El bono tiene un tope de $24.000
  3. ¿Quienes lo percibirán? Los trabajadores alcanzados por este beneficio son los empleados en relación de dependencia (tanto del sector público como privado). También incluye a los trabajadores del Servicio Doméstico (Ley 26844) y Agrarios (Ley 26727).
  4. ¿Si el empleado trabaja jornada reducida? El bono se proporciona según la jornada laboral. En el caso de que trabaje media jornada, el bono tiene un tope de $12.000.
  5. ¿Que sueldo se debe considerar? Se deben considerar los salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, menores o iguales a PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($161.859). Se aclara que se incluyen los conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario (SAC). Como en varios artículos del decreto establece que son salarios netos, se debe considerar el efecto de los descuentos de ley (jubilación, Ley 19032 INSSJP y Obra Social), y sindicales de corresponder. En el caso de liquidar en un solo recibo el sueldo del mes de diciembre junto con el SAC se debe discriminar el efecto de los descuentos mencionados sobre el componente del SAC para determinar el salario neto. Por tal motivo se recomienda liquidarlo por separado para facilitar su cálculo.
  6. ¿Existe algún tipo de recomposición para las empresas?  Las Pymes Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia de este decreto podrán reducir los anticipos del Impuesto a las Ganancias en un importe equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa prevista en el decreto (con tope de hasta $ 12.000) y diferir su pago para el Ejercicio del año 2023, de acuerdo con los términos y condiciones que establezca AFIP.
  7. ¿Existe algún tipo de recomposición para los empleadores de Casas Particulares? El importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa establecida en el decreto integra la contraprestación por los servicios prestados, resultando deducible del Impuesto a las Ganancias en los términos allí previstos, de acuerdo con las condiciones que establezca la AFIP. Aquellos empleadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa y que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción prevista en el párrafo anterior, podrán solicitar el reintegro de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo abonado por este concepto, de conformidad con las condiciones y modalidades que establezca la AFIP, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de presentación.

Algunos ejemplos de aplicacion:

  • El empleado que trabaja jornada completa y percibe en diciembre de 2022 un sueldo de $130.000, percibirá un bono de $24.000.
  • El empleado que trabaja jornada completa y percibe en diciembre de 2022 un sueldo de $170.000, percibirá un bono de $15.859 (tope de $ 185.859 “en todo concepto” en el mes de diciembre sin incluir el SAC).
  • El empleado que trabaja media jornada y percibe en diciembre de 2022 un sueldo de $65.000, percibirá un bono de $12.000.
  • El empleado que trabaja media jornada y percibe en diciembre de 2022 un sueldo de $85.000, percibirá un bono de $7.929,50 (tope de $92.929,50 “en todo concepto” en el mes de diciembre sin incluir el SAC).
  • El personal de servicio doméstico se debe prorratear los valores mencionados (bono de $24.000 y tope de $185.859), tomando como jornada completa las 8 horas diarias o de 48 horas semanales.

Adicionalmente, en este archivo elaborado por el area de RRHH del Estudio, podran simular de acuerdo al salario bruto, si le corresponde o no bono y el valor del mismo.

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con EL ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #Bono

 

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