ACREDITACIONES ¿Cuando se informan?

Ciudad de Buenos Aires, martes 25 de abril de 2023

Les informamos que #AFIP mediante RG 4298, actualiza los valores aplicables desde el 01/05/2023, por los cuales las entidades financieras deberán informarle precisamente al organismo, siempre y cuando se iguale o supere $200.000 (en moneda argentina o extranjera) de:

  • El monto total acumulado de acreditaciones mensuales;
  • El monto total acumulado de extracciones mensuales en efectivo;
  • Los saldos de las cuentas bancarias al último día hábil del mes;
  • El monto total acumulado de depósitos a plazo en el mes.

También se informará cuando:

  • Los consumos de tarjeta de débito del titular y/o adicionales en el país sean iguales o superiores a $120.000 mensuales (por cuenta).
  • Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.
  • Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla

SITUACION DE LAS BILLETERAS VIRTUALES

Se actualiza la RG 4619 (AFIP), desde el 01/05/2023, las billeteras virtuales deberán informar:

  • Cuando se hubieren registrado ingresos o egresos totales en el mes por un valor igual o superior de $120.000,
  • Cuando el saldo al último día hábil del mes resulte igual o superior a $200.000.
  • En caso de tenencia en moneda extranjera, se deberá hacer su conversión al tipo de cambio oficial.

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #AFIP #Regimeninformacion #Billeteravirtual

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