COVID: REINCORPORACIÓN DE TRABAJADORES

Ciudad de Buenos Aires, lunes, 24 de enero de 2022

Estimados lectores,

El ministerio del trabajo a través de la Res. 27/2022, pone en conocimiento las nuevas recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud para el regreso al trabajo de los trabajadores que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19.

TRABAJADORES CON DIAGNOSTICO DE COVID-19 CONFIRMADO

Si no han requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:

  • Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:

A los diez (10) días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

  • Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cinco -5- meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):

A los siete (7) días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos),

Deben cumplir en los tres (3) días posteriores cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

TRABAJADORES QUE HAN SIDO CONTACTO ESTRECHO

Los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:

  • Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco -5- meses de la aplicación de la última dosis):

A los diez (10) días desde el último contacto con el caso confirmado

  • Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de dos -2- dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de cinco -5- meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos noventa (90) días:

Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente),

Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,

Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

  • Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de catorce (14) días de la última aplicación:

Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.

Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).

Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

Sumamos valor! #IIBB #COVID-19 #TRABAJADORES

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con EL ESTUDIO.

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