DERECHOS DE EXPORTACIONES (SERVICIOS)

Ciudad de Buenos Aires, lunes, 24 de enero de 2022

Estimados lectores,

Los llamados “Derechos de exportación” fueron fijados por el Decreto 1201/18 cuya vigencia original, era hasta el 31 de diciembre de 2019.

A posteriori de ello, el Decreto 99/2019 (BO del 28/12/2019), prorrogó los mismos mediante la modificación del Art. 24 del decreto original, el que quedo redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 1°.- Fíjese, hasta el 31 de diciembre de 2021, un derecho de exportación del CINCO POR CIENTO (5%) a la exportación de las prestaciones de servicios comprendidas en el inciso c) del apartado 2 del artículo 10 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones.”

¿COMO ESTA LA SITUACION PARA EL 2022?

El 30/12/2021 se publico el decreto 901/2021, que viene a modificar algunos Arts. del ya mencionado decreto 99/2019.

En esta nueva modificación, no se ha prorrogado (como si había sido en 2019) la vigencia de los derechos de exportación, por lo que los mismos (a nuestro criterio) han concluido el 31/12/2021.

A mayor abundamiento, en fecha 24/Sep/21 el Gobierno Nacional anunció por distintos medios, que eliminaría completamente a partir del año 2022 las retenciones a la exportación de servicios producidos en el país y consumidos en el exterior, con el objetivo de fomentar la creación de empleo de calidad, generar divisas y corregir la medida aplicada a partir de 2018, que perjudicaba al sector.

Independientemente de lo mencionado anteriormente, hay quienes indican (no es nuestra postura) que el Poder Ejecutivo (PEN) debe emitir un decreto estableciendo la eliminación de estos derechos.

¿EMPRESAS DE LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO?

Si bien el decreto 1034/20 había dispuesto en su Art. 3 que se fijaba un derecho de exportación del CERO POR CIENTO (0 %) a la exportación de las prestaciones de servicios efectuadas por los sujetos inscriptos en el “Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, la propia RG 5013/21 (BO del 24/06/2021) de #AFIP le dio su aplicación práctica, por lo que las empresas inscriptas en este régimen no tributan estos derechos ya desde el 20/12/2020.

¿CONCLUSION?

Si bien entendemos que los derechos a las exportaciones de servicios no aplican más a partir de este 2022, recomendamos esperar hasta el 20/2/2022 aproximadamente, que es la fecha donde estaría venciendo este “Derecho” aplicable al periodo 01-2022, por si surge alguna nueva normativa que indique lo contrario.

Sumamos valor ! #biestudio #exportaciones #dercehos

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con EL ESTUDIO.

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